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CURP biométrica, ¿a partir de cuándo será obligatoria?

Escrito por Redacción AZNoticias on . Posted in México

La nueva CURP con datos biométricos será el documento nacional de identificación oficial en México, en formato físico y digital.


Por Adrián Galeno Miranda 

La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular reformas a la Ley General de Población para establecer la CURP biométrica como documento de identificación obligatorio, disponible tanto en formato físico como digital.

¿Qué es la CURP biométrica?

La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un código alfanumérico de 18 caracteres que identifica a personas mexicanas y extranjeras con estancia legal. Con la reforma, se sumarán elementos biométricos:

  • Huellas dactilares
  • Escaneo del iris
  • Fotografía
  • Firma

Además, se permitirá sustituir el dato de "sexo" por "género".

La versión digital de la CURP estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, y será reconocida como documento nacional obligatorio de aceptación universal.

 

Implementación y uso

La Secretaría de Gobernación (Segob) será responsable de integrar los datos biométricos y operará el Programa de Integración al Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo), incluyendo a niñas, niños y adolescentes.

Esta CURP podrá vincularse con el Registro del Sistema Nacional de Salud, para facilitar el acceso universal a servicios médicos.

 

Plataforma Única de Identidad

La reforma incluye la creación de una Plataforma Única de Identidad, que permitirá:

  • Validar, consultar y gestionar CURP con biométricos
  • Cruzar información con bases de datos públicas y privadas
  • Facilitar la localización de personas desaparecidas

Los registros consultables incluirán sistemas de salud, transporte, educación, seguridad social, paquetería, asistencia privada, telecomunicaciones, religión, e incluso instituciones que atienden adicciones.

¿Cuándo será obligatoria?

Aunque ya fue aprobada por el Congreso, la CURP biométrica aún no tiene fecha de entrada en vigor. Tras su promulgación por el Ejecutivo y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), habrá 90 días naturales para su implementación. La Segob establecerá los lineamientos para añadir los datos biométricos.

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